¿Eres de los que se detiene a leer las etiquetas de los alimentos antes de comprarlos?

Si todavía no lo haces, probablemente no sepas qué es lo que realmente estás comprando.
Hoy, 1 de abril de 2020 empieza a aplicarse el Reglamento 775/2018 que regula el etiquetado del origen de los alimentos en la Unión Europea (UE).
Esta nueva normativa supondrá realizar una serie de cambios en el actual etiquetado, para evitar información engañosa a los consumidores.
Además de incluir ingredientes, alérgenos, información nutricional, modo de conservación y fecha de caducidad entre los más destacados, también deberá indicarse el país de origen.
- Se deberá indicar el país de origen o el lugar de procedencia de los alimentos.
- Indicar el país de origen en el caso que la información alimentaria sea engañosa como el nombre indica un origen cuando, de hecho, su verdadero origen es otro (ejemplo «ensaladilla rusa», «mostaza de Dijon”).
- Cuando el país de origen o el lugar de procedencia no es el mismo que el de su ingrediente primario. Se deberá indicar también el país de origen o el lugar de procedencia del ingrediente primario.
- El tamaño de letra de la información suministrada no será inferior al tamaño mínimo de 1,2mm (tamaño establecido en el artículo 13, apartado 2, del Reglamento (UE) n.o 1169/2011).
- Será de aplicación a partir del 1 de abril de 2020 fecha de aplicación y medidas transitorias.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro. Hecho en Bruselas, el 28 de mayo de 2018. Por la Comisión El Presidente Jean-Claude JUNCKER 29.5.2